Regulación del trabajo sexual

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En Chile no está prohibido el trabajo sexual, sin embargo, tampoco está regulado, lo que en la práctica significa que está en una zona gris. Lo único que la ley chilena sí regula son determinadas situaciones que, de alguna forma, se relacionan con el trabajo sexual.




El Código Sanitario prohíbe que se ejerza el trabajo sexual en cualquier tipo de establecimiento, ya sea un café con piernas o un departamento personal. También establece un control sanitario voluntario a quienes ejerzan el trabajo sexual, entregándoles un documento que certifica que no tienen ningún tipo de enfermedad de transmisión sexual. Este procedimiento, que antes era obligatorio, no tiene mucho sentido en la práctica, ya que sólo garantiza que la mujer no tenía ninguna infección antes de la emisión del documento.

El Código Penal, por su parte, sanciona faltas a la moral y buenas costumbres, que no están detalladas y, por lo tanto, quedan al criterio arbitrario de la policía. El mismo código establece como delitos la prostitución de menores de edad y la trata de personas con carácter sexual, que consiste en captar, trasladar y/o recibir a personas que fueron intimidadas o engañadas y luego explotarlas sexualmente sin su consentimiento."Muchas personas, incluso las que están legislando, piensan que el trabajo sexual es solamente prostitución física y trata. Confunden nuestro trabajo, que es autogestionado, con hombres que roban mujeres, que obviamente es algo que todas queremos erradicar. Por eso, buscamos establecer que lo que hacemos es un trabajo legítimo si se realiza por personas mayores de 18 años que lo ejercen de manera voluntaria y en pleno uso de sus facultades. Y en esos casos, deberíamos tener los mismos derechos laborales que cualquier persona", afirma Vesania (25), actriz y trabajadora sexual.

Vesania es una de las directoras de Fundación Margen, una organización que agrupa a trabajadoras sexuales desde 1995 y forma parte de la Red de Trabajadoras Sexuales de Latinoamérica y el Caribe. Históricamente se ha dedicado a generar vínculos entre las trabajadoras, visibilizar sus problemáticas y desarrollar campañas de información, por ejemplo para evitar la propagación del VIH. También llevan a cabo capacitaciones y charlas en instituciones como Carabineros, universidades y centros médicos. Todos los jueves recorre algunos puntos de Santiago conversando y entregando información a trabajadoras sexuales de la calle, que la reconocen al pasar.

Aunque la fundación no es nueva, sí lo es su aproximación hacia el trabajo sexual virtual. Fue Vesania quien puso el tema sobre la mesa y está aportando al encuentro entre trabajadoras sexuales físicas y las nuevas trabajadoras sexuales virtuales. En conjunto han desarrollado el proyecto de ley Regulación laboral del trabajo sexual, que será presentado en julio de este año y ya cuenta con el respaldo de la diputada Karol Cariola (PC) para ser ingresado al Congreso. Su principal objetivo es que se considere el trabajo sexual como cualquier otro trabajo. Esto quiere decir que las trabajadoras sexuales paguen impuestos, tengan derecho a salud y jubilación y sean protegidas frente a proxenetas físicos y virtuales.

"Tiene que haber una regulación más estricta de derechos de autor y propiedad intelectual respecto al material que ellas producen. Hoy se toman fotos pero no hay cláusulas de confidencialidad ni restricciones de uso de ese material, por lo tanto hay sujetos que lo utilizan y lucran con él sin autorización", explica Gloria Requena, abogada de Fundación Margen. Ese abuso del material erótico es lo que se conoce como proxenetismo virtual, que a veces tiene que ver con el lucro y otras veces con la extorsión, dos situaciones por las que han pasado la mayoría de las trabajadoras sexuales virtuales.

Sobre el pago de impuestos, el proyecto de ley propone que las trabajadoras sexuales físicas que son independientes funcionen en base a la renta presunta, como lo hacen actualmente algunos kioskos que no entregan boleta. Para quienes trabajen en burdeles, lo harían bajo un contrato de trabajo común y corriente y el establecimiento funcionaría como cualquier comercio. Las trabajadoras sexuales virtuales, por su parte, venderían sus productos por internet tal como lo hacen supermercados y tiendas online, donde el usuario contrata un servicio o compra un producto. Y está establecido cuántas veces se puede reproducir ese contenido y con qué fines, como la descarga de libros por internet.

Para que puedan acceder a una pensión y cobertura de salud, como cualquier trabajador o trabajadora independiente, tienen que autoimponerse. Para eso, lo primero es que exista el giro de "prestación de servicios sexuales" en el Servicio de Impuestos Internos, y de esa manera puedan demostrar ingresos, tributar y por ende existir en la vida jurídica, algo que también es fundamental para postular a viviendas y pedir créditos bancarios.

"Tenemos el objetivo de impulsar esta ley que nos garantice derechos básicos para dejar de estar desamparadas, pero sabemos que una cosa es lo que diga la ley y otra lo que opine la gente. Esto tiene que ir de la mano con un trabajo hacia la población, de conversación e información. Tenemos que difundir que lo que hacemos es un trabajo y no somos monstruos ni personas desequilibradas", argumenta Vesania.

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